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6. Ingreso en la Escala de Cabos y Guardias

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6. Ingreso en la Escala de Cabos y Guardias


Glosario de enlaces:
  • Formas de ingreso
  • Requisitos generales y específicos
  • Temario de la oposición a la Guardia Civil
  • Pruebas Psicofísicas
  • Baremo de méritos

    6. Escala de Cabos y Guardias

    Formas de ingreso:

    Se logra alcanzar el empleo de Guardia Civil por ingreso directo, a través de alguna de las siguientes modalidades:

    • Acceso libre.
    • Acceso restringido para militares profesionales.

    Hasta un 60 % de las plazas convocadas para acceder a la Escala de Cabos y Guardias, se reservarán a los militares profesionales de tropa y marinería, que lleven como mínimo cinco años de servicios continuados en su Ejército respectivo, en la fecha prevista de incorporación al centro de formación.

    • Acceso restringido a alumnos del Colegio de Guardias Jóvenes.
       

    Hasta un máximo del 20% de las plazas convocadas para acceder a la Escala de Cabos y Guardias, se reservarán a los alumnos del Colegio de Guardias Jóvenes de Valdemoro.


    Sistema selectivo:

    Concurso-Oposición.

    Nivel de estudios requeridos: Graduado en Educación Secundaria u otro equivalente o superior, del Sistema Educativo General. 
     

    Edad:

    Tener cumplidos 18 años de edad antes de que finalice el plazo de presentación de solicitudes y no tener cumplida ni cumplir, dentro del año en que se publique la correspondiente convocatoria, la edad de 30 años.

    Plan de estudios:

    Un curso académico en la Academia de Suboficiales y Guardias de la Guardia Civil y 40 semanas de prácticas en Unidades Territoriales de la Guardia Civil.

    Requisitos generales y específicos

    Los aspirantes a los procesos selectivos para el ingreso en el centro de formación de acceso a la Escala de Cabos y Guardias de la Guardia Civil deberán reunir los siguientes requisitos generales.
    • Poseer nacionalidad española
    • No estar privado de los derechos civiles
    • Acreditar buena conducta ciudadana.
    • Carecer de antecedentes penales.
    • No hallarse inhabilitado ni separado del servicio de ninguna Administración Pública.
    • Comprometerse a portar y utilizar armas.
    • Alcanzar la edad de 18 años.
    • No superar la edad de 40 años.
    • Poseer una altura mínima de 165 centímetros para hombres y 160 centímetrospara mujeres, y no superior a 203 centímetros  en bipedestación
    • Poseer la aptitud psicofísica necesaria.
    • Estar en posesión del Graduado de Educación Secundaria u otro equivalente o superior.
      • Las equivalencias al Graduado de Educación Secundaria son las siguientes:
        • Graduado Escolar.
        • Primer Ciclo de Formación Profesional (Técnico).
        • Acceso Universidad Mayores de 25 años.
        • Acceso a Ciclos Formativos de Grado Medio. 
      • Otros estudios equivalentes a cualquiera de éstos, certificados u homologados específicamente por el Ministerio de Educación.
    • Poseer el permiso de conducción clase B.

     

    Requisitos específicos para las plazas restringidas a militares profesionales

    • Mínimo 5 años de servicios en las Fuerzas Armadas. (Certificación posterior de su pertenencia a las FAS)
    • Resto de requisitos generales.

    Requisitos específicos para las plazas restringidas a alumnos del Colegio de Guardias Jóvenes.

    • Alumno del Colegio de Guardias Jóvenes de Valdemoro.
    • Resto de requisitos generales.

    Cuadro médico de exclusiones:
    El cuadro médico de exclusiones para ingreso en el Cuerpo de la Guardia Civil se encuentra publicado en el apéndice B de la Orden Orden de 9 de abril de 1996, por la que se aprueban las bases y circunstancias aplicables a los procesos selectivos para ingreso en los centros militares de formación para acceso a la Escala de Cabos y Guardias de la Guardia Civil (BOE núm. 92/1996)

    Temario de la oposición a la Guardia Civil

    El programa de conocimientos se encuentra publicado en el apendice A de la Orden de 9 de abril de 1996, por la que se aprueban las bases y circunstancias aplicables a los procesos selectivos para ingreso en los centros militares de formación para acceso a la Escala de Cabos y Guardias de la Guardia Civil (BOE núm. 92/1996), el cual se encuentra estructurado en:

    • Ortografía.
    • Ciencias Jurídicas.
    • Materias socio-culturales.
    • Materias técnico científicas.
    • Lengua extranjera. 

    Pruebas Psicofísicas

    Apendice C de la Orden de 9 de abril de 1996

    Prueba

    Marca Hombres

    Marca Mujeres

    Velocidad 50 m.

    8,30 s.

    9,40 s.

    Resistencia 1000 m.

    4 min. 10 s.

    4 min. 50 s.

    Potencia tren superior

    18 flexiones

    14 flexiones

    Natación 50 m.

    70 s.

    75 s.

    Baremo de méritos

    1. Méritos profesionales:
    La puntuación obtenida por méritos profesionales será la suma de los que se posean, conforme a los apartados de este punto, no pudiendo rebasar los 18 puntos.
    A) Exclusivo para plazas reservadas a militares de tropa y marinería
    (conforme a la Ley 8/2006, de Tropa y Marinería)
    1.1. Haber cumplido el servicio militar como militar de reemplazo ........................................1 punto.

    1.2. Tiempo de servicios prestados como militar de tropa y marinería:
    Quienes ostenten dicha condición:
    Por años completos de servicios como militar de tropa y marinería (conforme a la Ley 8/2006, de Tropa y Marinería), hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias:
    1 Punto por cada año completo de servicio hasta un máximo de 10 puntos.

    1.3. Por el empleo máximo alcanzado como militar de tropa y marinería, en
    la actualidad o con anterioridad, en cualquier Ejército:
    1.3.1. Cabo ...............................................................................................3 puntos.
    1.3.2. Cabo 1º ........................................................................................6 puntos.

    B) Exclusivo para plazas de acceso libre
    1.4. Haber cumplido el servicio militar como militar de reemplazo ..........1 punto.
    1.5. Por cada año completo de servicio en la Administración General del Estado (incluye servicios como militar).......................................................1 punto.
    1.6. Por la categoría de pertenencia, conforme al empleo máximo
    alcanzado, como militar, en cualquier Ejército, Cuerpo o Escala:
    1.6.1. Tropa y marinería.........................................................................2 puntos.
    1.6.2. Suboficial ......................................................................................6 puntos.
    1.6.3. Oficial..........................................................................................10 puntos.
    1.7. Tiempos de servicios prestados como Reservista Voluntario desde que
    se adquiera la citada condición ................................................ 0,03 puntos/mes.

    2. Otros méritos (común a todas las modalidades de acceso):
    La puntuación obtenida por otros méritos será la suma de los que se posean, conforme a los apartados de este punto, no pudiendo rebasar los 42 puntos.

    2.1. Título de la Escuela Oficial de Idiomas o acreditación de un perfil lingüístico en Inglés, Francés y Alemán. Para un idioma concreto solamente se contabilizará el título o certificado aportado de mayor puntuación según el siguiente baremo:
    2.1.1. Perfil lingüístico 4.4.4.4 ó superior ............................................8 puntos.
    2.1.2. Perfil lingüístico 3.3.3.3 ó superior; Certificado del Ciclo Superior o Certificado de Nivel Avanzado de la E.O.I.....................6 puntos.
    2.1.3. Perfil lingüístico 2.2.2.2 ó superior; Certificado del Ciclo Elemental o Certificado de Nivel Intermedio de la E.O.I. ................4 puntos.
    No se valorará un perfil lingüístico inferior al 2.2.2.2.

    La acreditación de los perfiles lingüísticos se hará de acuerdo a la Orden Ministerial 64/2010, de 18 de noviembre, (BOD nº 229), por la que se regulan los procedimientos para evaluar la competencia lingüística en los idiomas extranjeros considerados de interés para las Fuerzas Armadas.

    2.2. Estar en posesión de título o certificado de:
    2.2.1. Titulación Universitaria Oficial de Licenciado/Graduado/Master, Ingeniero o Arquitecto ........................................................................8 puntos.
    2.2.2. Titulación Universitaria Oficial de Diplomado, Ingeniero / Arquitecto Técnico. ............................................................................6 puntos.
    2.2.3. Técnico Superior o Técnico Especialista ...............................................4 puntos
    2.2.4. Bachiller LOE 2/2006, de 3 de mayo, o equivalente académico....3 puntos
    Para la valoración, solamente se considerará la titulación académica de mayor nivel de las aportadas.

    Los Títulos oficiales académicos objeto de baremo serán los expedidos por los centros u órganos competentes del Ministerio de Educación  y Ciencia o Comunidad Autónoma que tenga transferida esta competencia y podrán ser sustituidos por el resguardo provisional emitido por el Centro oficial habilitado para la expedición del título.

    Por lo que se refiere a los títulos oficiales universitarios de Graduado, Master Universitario y Doctor serán los regulados por el RD 1393/2007, de 29 de octubre, sobre ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales.

    No serán objeto de baremación: las pruebas o titulaciones que sólo facultan o pueden servir para acceder a determinadas enseñanzas; las que únicamente tengan declarada o reconocida, por órgano competente, su equivalencia a efectos profesionales o laborales con alguna titulación terminal académica concreta del sistema educativo general vigente; las que únicamente permitan participar en los procesos selectivos de ingreso en los correspondientes Cuerpos y Escalas de la Administración del Estado y demás Administraciones Públicas; y los diplomas y títulos propios de las Universidades que no estén homologados mediante Real Decreto.
    2.3. Estar en posesión de:
    2.3.1. Permiso de Conducción de la clase A ó A2 ...............................................4 puntos.
    2.3.2. Permiso de Conducción de las clases C1, C, C1+E, D1, D, D1+E.2 puntos.
    2.3.3. Permiso de Conducción de las clases C+E, D+E ........................4 puntos.
    Para la valoración, se considerarán los que se posean, siendo los apartados 2.3.2 y 2.3.3 excluyentes entre sí (se puede puntuar en uno o en otro apartado, no en los dos).

    La puntuación máxima a obtener en este apartado no superará los 8 puntos.

    2.4. Tiempo como deportista de alto nivel.
    Quienes hayan ostentado dicha condición (acreditada conforme al Real Decreto 971/2007 de 13 de julio, sobre Deportistas de alto nivel y alto rendimiento) en los últimos cinco años a contar desde la adquisición de tal condición hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias, de acuerdo a los periodos de tiempo y grupo en que hubieran estado incluidos de los previstos en el artículo 4 del citado Real Decreto que se señalan a continuación:
    � Incluidos en el Grupo A: 0,35 puntos por cada año completo.
    � Incluidos en el Grupo B: 0,25 puntos por cada año completo.
    � Incluidos en el Grupo C: 0,20 puntos por cada año completo.

    Sólo se computará la puntuación más alta resultante del cálculo efectuado según el párrafo anterior.

    2.5. La valoración de la puntuación obtenida por los aspirantes en la fase de concurso será como máximo de sesenta (60) puntos.

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